A través de una comisión representativa de todos los grupos políticos La Agrupación Herreña Independiente en el Ayuntamiento de La Frontera ha presentado una moción para la creación del reglamento orgánico que regule las sesiones plenarias. Pide que para ello se constituya una comisión de trabajo en la que se encuentren representadas todas las fuerzas políticas que tengan representación municipal.

 Ese documento sería aprobado por el pleno. Se pretende que quede regulado desde la periodicidad de las sesiones, la participación telemática en los plenos, la participación de los y las concejales y la votación nominal, entre otras circunstancias. Ya el pasado mes de diciembre se debatía en pleno una moción presentada por el grupo municipal de AHI-CC relativa a la redacción de un reglamento orgánico sobre el funcionamiento del mismo.

 Entonces la propuesta fue rechazada por los y las concejales del grupo de gobierno (PSOE-PP), pero “consideramos que existen argumentos de peso para volver a someter al pleno la consideración de la misma”.

“Hemos de conocer y atenernos todos a unas reglas de las sesiones; normas claras, jurídicamente avaladas y no arbitrarias”, ha declarado Pablo Rodríguez Cejas, portavoz municipal de los independientes herreños. Tras la declaración del estado de alarma como consecuencia de la pandemia de la COVID-19 el funcionamiento del pleno ha debido adaptarse a las circunstancias que impedían las sesiones íntegramente presenciales, sin que existieran antecedentes sobre la forma de proceder ante periodos similares, y esto podría recogerse ya en el futuro reglamento orgánico.

 Para el portavoz de la AHI “es una necesidad dotarse de un reglamento que regule el orden de las intervenciones y la duración de las mismas. Los últimos plenos nos han demostrado cómo la carencia del mismo ha posibilitado que una concejal del grupo de gobierno pudiera extender su intervención más allá de los diez minutos, nada comparable con las intervenciones de los y las concejales que se encuentran ejerciendo su labor de fiscalización desde la oposición”. Por otro lado “podríamos sumar la negativa del alcalde en diferentes ocasiones a ceder la palabra a los y las concejales de la oposición en el turno de ruegos y preguntas, o simplemente para realizar un turno de réplica ante alusiones directas”.

 Teniendo como referencia el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, “consideramos oportuno otorgar un carácter de mayor rigurosidad, transparencia y orden a las sesiones plenarias que se celebran en nuestro Ayuntamiento, siempre con el único ánimo de mejorar y de avanzar hacia una correcta representación de la ciudanía de nuestro municipio”.

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